domingo, 30 de noviembre de 2014

Respuesta Caso 4

Respuesta Caso 4
¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
Según el artículo 27 Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta  con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.

Son medidas formativas:

1.     Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro.
Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.

2.     Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del aprendiz, el  Plan de Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución del programa de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del término de un (1) mes contado a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz. Cuando se le ha realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; el Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz. El plan de mejoramiento deberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los objetivos del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe presentar el aprendiz para evaluar su logro.

 Será responsabilidad del equipo de instructores o del Coordinador que haya designado el  Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje definidos en este plan.

3.     Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; este plan debe ser firmado por el Aprendiz y deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan en un período máximo de un (1) mes contado a partir de la concertación respectiva.

Será responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados comportamentales definidos en este plan.

¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?

Según el articulo 28 Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta.

a.     Llamado de atención escrito
b.    Condicionamiento de la matrícula

Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan

Según el artículo 8, Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional. Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices, entre ellos están:

a.     Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.
b.    Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.
c.     Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
d.    Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.

e.     Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora. 

Respuesta Caso 3

Respuesta Caso 3

¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los aprendices identifiquen sus faltas?

El representante debe indicar a los aprendices que están cometiendo una falta e indicarles que repasen el reglamento del aprendiz en los siguientes artículos
Capitulo III Deberes del Aprendiz SENA, Articulo 9 ítem 1, 4, 7, 8, 9, 11, 13 Parágrafo 1 ítem c, d, e, f, g

¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?
El reglamento en el artículo 9 ítem 3 expresa literalmente “Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.”, por lo cual el aprendiz tiene como deber mantener los datos básico y personales actualizados.

¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita técnica?
De acuerdo al reglamento del aprendiz, este se ha comprometido a cumplir con los lineamientos y las actividades que la institución proporciona para brindar un aprendizaje de calidad. Por lo cual al no acatar y ser reacio a participar el aprendiz esta no estaría cumpliendo con los debes que adquirió al iniciar su formación académica.
Capitulo III Deberes del Aprendiz SENA, Articulo 9 ítem 1, 2, 4, 9, 13

Si por algún inconveniente el aprendiz no puede asistir debe presentar una excusa justificada y comprobable.

Capitulo III Deberes del Aprendiz SENA, Articulo 9 ítem 11

Respuesta Caso 2


 Respuesta Caso 2


¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?

Como aprendiz del SENA y de acuerdo al artículo 9 literal 3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.” Debe realizar este proceso y una vez verifique que la información suministrada es verídica, debe solicitar el carnet que los acredita como aprendiz del SENA. Además debe legalizar la matrícula para recibir este elemento. “Artículo 7, literal 4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”



En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

La  líder de bienestar está en un error al darle esta respuesta al aprendiz. Porque de acuerdo al artículo 3 Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.”  Federico hace parte de la comunidad estudiantil del SENA, por lo cual goza de todos los beneficios que esta ofrece, cumpliendo con sus deberes y haciendo valer sus derechos.

El desconocimiento de la líder del artículo 3 perjudica en forma directa y viola los derechos del aprendiz, específicamente en los siguientes literales.
Literal 1 “Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.”
Literal 4 “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”
Literal 5 Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formación integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.
Literal 6 Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social”




Al retroalimentar a la líder sobre el artículo 3 y al aprendiz en el artículo 9 “sus deberes” del reglamento del aprendiz. Debe proceder a verificar los datos suministrados por el aprendiz y que estos estén debidamente actualizados y totalmente diligenciados. Se debería realizar la entrega oficial del documento que lo acredita como aprendiz fuera de las instalaciones de aprendizaje. Además el aprendiz dentro de sus deberes y en relación al articulo 9 literal 14 Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.” Cumpliendo así con las disposiciones y lineamientos del SENA.



Respuesta Caso 1

Respuesta Caso 1 

¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?

Como aprendiz del SENA y de acuerdo al artículo 9 literal 3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.” Debe realizar este proceso y una vez verifique que la información suministrada es verídica, debe solicitar el carnet que los acredita como aprendiz del SENA. Además debe legalizar la matrícula para recibir este elemento. “Artículo 7, literal 4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”



En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

La  líder de bienestar está en un error al darle esta respuesta al aprendiz. Porque de acuerdo al artículo 3 Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.”  Federico hace parte de la comunidad estudiantil del SENA, por lo cual goza de todos los beneficios que esta ofrece, cumpliendo con sus deberes y haciendo valer sus derechos.

El desconocimiento de la líder del artículo 3 perjudica en forma directa y viola los derechos del aprendiz, específicamente en los siguientes literales.
Literal 1 “Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.”
Literal 4 “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”
Literal 5 Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formación integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.
Literal 6 Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social”
  


Al retro alimentar a la líder sobre el artículo 3 y al aprendiz en el artículo 9 “sus deberes” del reglamento del aprendiz. Debe proceder a verificar los datos suministrados por el aprendiz y que estos estén debidamente actualizados y totalmente diligenciados. Se debería realizar la entrega oficial del documento que lo acredita como aprendiz fuera de las instalaciones de aprendizaje. Además el aprendiz dentro de sus deberes y en relación al articulo 9 literal 14 Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.” Cumpliendo así con las disposiciones y lineamientos del SENA.




viernes, 28 de noviembre de 2014


Mi Contexto de Formación


Conocer nuestro lugar de formación hace que tengamos un sentido de pertenencia hacia la institución que nos abre las puertas para desarrollarnos como personas y profesionales éxitos.

Profesionales que queremos luchar por un país mejor, con una educación de calidad, equidad e icluyente. Gracias a la oportunidad que nos brinda el SENA, por ser parte de este proceso de educación y formación.



http://prezi.com/xbqivy1axg8w/?utm_campaign=share&utm_medium=copy

jueves, 27 de noviembre de 2014

Presentación SENA


Hola!

Soy Alexander Suarez tengo 26 años y soy oriundo de San Jerónimo pero actualmente vivo en Montebello un municipio que es un remanso de paz, descanso y de tranquilidad. 

Soy tecnólogo en sistemas y afronto esta oportunidad que nos brinda el SENA para complementar mis estudios y adquirir nuevos conocimientos para emprender nuevos retos en diferentes áreas del saber.

Me gusta practicar deportes, leer, ver documentales,  conversar con amigos y disfrutar el tiempo. Me encantan los animales y las mascotas.


Un saludo…. 


AS