domingo, 30 de noviembre de 2014

Respuesta Caso 2


 Respuesta Caso 2


¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?

Como aprendiz del SENA y de acuerdo al artículo 9 literal 3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.” Debe realizar este proceso y una vez verifique que la información suministrada es verídica, debe solicitar el carnet que los acredita como aprendiz del SENA. Además debe legalizar la matrícula para recibir este elemento. “Artículo 7, literal 4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”



En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

La  líder de bienestar está en un error al darle esta respuesta al aprendiz. Porque de acuerdo al artículo 3 Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.”  Federico hace parte de la comunidad estudiantil del SENA, por lo cual goza de todos los beneficios que esta ofrece, cumpliendo con sus deberes y haciendo valer sus derechos.

El desconocimiento de la líder del artículo 3 perjudica en forma directa y viola los derechos del aprendiz, específicamente en los siguientes literales.
Literal 1 “Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar, y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.”
Literal 4 “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.”
Literal 5 Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formación integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.
Literal 6 Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitudinal que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social”




Al retroalimentar a la líder sobre el artículo 3 y al aprendiz en el artículo 9 “sus deberes” del reglamento del aprendiz. Debe proceder a verificar los datos suministrados por el aprendiz y que estos estén debidamente actualizados y totalmente diligenciados. Se debería realizar la entrega oficial del documento que lo acredita como aprendiz fuera de las instalaciones de aprendizaje. Además el aprendiz dentro de sus deberes y en relación al articulo 9 literal 14 Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.” Cumpliendo así con las disposiciones y lineamientos del SENA.



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